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Directrices de política de la OIT para la promoción del trabajo decente en la industria agroalimentaria

En mayo de 2023, se celebró en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la Reunión de expertos sobre trabajo decente en el sector agroalimentario: un componente esencial de los sistemas alimentarios sostenibles. La Reunión de expertos adoptó entonces las Directrices de política para la promoción del trabajo decente en el sector agroalimentario, objeto del presente artículo.

La OIT, creada en 1919, es el primer organismo de las Naciones Unidas, y desde sus principios fue dedicado al trabajo y a los principios conexos de justicia social y derechos humanos. La OIT tiene la particularidad de ser un organismo tripartito, que reúne a representantes de los Estados miembros, así como a trabajadorxs y empresarios. Su misión es establecer normas internacionales, desarrollar políticas y diseñar programas para promover el trabajo decente.

Las Directrices son principios dirigidos a los miembros de la OIT y a otras partes interesadas implicadas en el desarrollo y la aplicación de políticas y medidas de trabajo decente en la industria agroalimentaria. Las Directrices definen el marco político en el que deben aplicarse las medidas para garantizar el trabajo decente en la industria agroalimentaria. Las Directrices se dividen en cinco capítulos. El capítulo 1 trata del ámbito de aplicación de las directrices y de los destinatarios. El capítulo 2 de las Directrices se centra en los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a saber: la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación; y un entorno de trabajo seguro y saludable. Todos los Estados miembros de la OIT están llamados a respetar, en virtud de su pertenencia a la Organización, los principios y derechos fundamentales en el trabajo, aunque no hayan ratificado todos los convenios fundamentales. El capítulo 3 trata de los puestos de trabajo decentes y el empleo productivo en la industria agroalimentaria. El capítulo 4 trata de la protección social y la protección de los trabajadores, y el capítulo 5, del diálogo social y el tripartismo.

La UITA, la federación sindical mundial que reúne a lxs trabajadorxs de toda la cadena alimentaria, participó en las negociaciones y en la adopción de los Principios. La UITA fue también un participante crucial en las negociaciones de la UNDROP en el Consejo de Derechos Humanos. La organización aportó su experiencia sobre los derechos de lxs trabajadorxs y se aseguró de que se tuvieran más en cuenta en la UNDROP. Para la UITA, estos principios de la OIT suponen un paso adelante, mostrando el camino a seguir hacia el trabajo digno en el sector agroalimentario. Pueden leer su comunicado de praensa tras la adopción de las Directrices aquí.

Las Directrices que presentamos hoy abordan cuestiones similares a las de la UNDROP y exigen el reconocimiento y la aplicación de los derechos que contiene. Entre ellos se encuentran, por supuesto, el derecho al trabajo, a la salud y a la seguridad en el trabajo (artículos 13 y 14) y a la libertad sindical (artículo 9), pero también el derecho a un nivel de vida digno y a los medios de producción (artículo 16), el derecho a la formación (artículo 25), el derecho a la seguridad social (artículo 10) y el derecho a una vivienda digna (artículo 24). Esta proximidad demuestra que también es pertinente para lxs trabajadorxs de la agricultura y la alimentación de utilizar tanto la UNDROP como las Directrices de la OIT. De este modo, estos dos textos internacionales se refuerzan mutuamente, ya que ambos convergen en los mismos derechos que deben respetarse para que se produzca una transición justa hacia una industria agroalimentaria ecológicamente y socialmente viable.

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