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Navegando entre sueños y precariedad: condiciones de trabajo y aprendizaje delxs jóvenes agricultorxs, practicantes y voluntarixs en Europa

Un informe de Priscilla Claeys y Barbara Van Dyck, Centro de agroecología, agua y resiliencia, CAWR, Universidad de Coventry, Reino Unido
Publicado por la Articulación de Jóvenes de la Coordinadora Europea Vía Campesina (ECVC), Julio 2022

Este informe se publicó por primera vez en el sitio web de ECVC el 31 de enero de 2023. Puede encontrarlo aquí.

Lxs campesinxs y lxs jóvenes trabajadorxs agrícolas representan las dos caras de una misma moneda: la falta de ingresos decentes para lxs campesinxs pone en peligro la formación de lxs futurxs campesinxs. Lxs jóvenes trabajan para aprender, y aprenden mientras trabajan, aunque no se les proporcione una formación oficial. Sin embargo, el proceso de aprendizaje de lxs jóvenes trabajadorxs agrícolas se lleva a cabo en condiciones muy duras, que incluyen una remuneración reducida o nula, y una vivienda, alimentación y apoyo inadecuados. Estas son algunas de las importantes limitaciones que impiden una transformación del sistema alimentario justa desde el punto de vista social y ecológico.

Este informe evalúa las condiciones de trabajo y aprendizaje de los jóvenes trabajadores agrícolas, definidos como las personas que trabajan en los campos, montañas y granjas, así como en las unidades ganaderas o de procesamiento de alimentos, y que tienen menos de 40 años. El informe examina un amplio abanico de cuestiones, como las horas de trabajo, los honorarios, los contratos, el poder de negociación, la alimentación y la vivienda, y la discriminación de género, incluso en lo que respecta a la interseccionalidad. También se evalúan cuestiones como la búsqueda de la explotación más adecuada para el aprendizaje, las dificultades y los sueños de futuro.

Con este informe, las autoras esperan contribuir al reconocimiento de las condiciones de lxs jóvenes trabajadorxs agrícolas y apoyar la labor política de la articulación de jóvenes de ECVC.

La juventud en la Declaración de los Derechos de lxs Campesinxs

La Declaración menciona a lxs jóvenxs en dos ocasiones, en los artículos 2 y 17. El artículo 2 está dedicado a las obligaciones generales de los Estados y establece cómo deben aplicar los Estados los derechos de la Declaración. El párrafo 2 de este artículo exige a los Estados que presten especial atención a lxs jóvenxs en la aplicación de los derechos contenidos en la Declaración. Esta atención especial es necesaria para combatir la discriminación de lxs jóvenxs relacionada con la edad. Por lo tanto, todos los derechos de lxs campesinxs deben leerse a la luz de esta lucha contra la discriminación de lxs jóvenxs.

El artículo 17 de la Declaración está dedicado al derecho a la tierra. Este derecho es uno de los mayores avances de la Declaración, y la mención a lxs jóvenxs en su apartado 6 sobre la reforma agraria debe ser destacada y especialmente utilizada para avanzar en los derechos de lxs jóvenxs. El párrafo 6 obliga a los Estados a llevar a cabo reformas agrarias para garantizar una distribución equitativa de la tierra y los recursos naturales. Este párrafo deja claro que en las redistribuciones de tierras, lxs jóvenxs deben estar entre las poblaciones prioritarias, junto con lxs campesinxs sin tierra. Esta mención específica de lxs jóvenxs ilustra la obligación de los Estados de tener en cuenta la discriminación que sufren lxs jóvenxs, en este caso la de no tener acceso a la tierra por su edad. También es la marca de una Declaración de los Derechos de lxs Campesinxs con visión de futuro.

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