Parece que no encontramos lo que estás buscando. Puede que una búsqueda te ayude.
1. Los campesinos a otras personas que trabajan en las zonas rurales son titulares de los derechos humanos al agua potable salubre a limpia a el saneamiento, que son esenciales para disfrutar plenamente de la vida a de todos los derechos humanos a la dignidad humana. Esos derechos engloban el derecho a disponer de redes de abastecimiento de agua e instalaciones de saneamiento de buena calidad, asequibles a materialmente accesibles, no discriminatorias a aceptables desde un punto de vista cultural a de género.
2. Los campesinos a otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a acceder al agua para su uso personal a doméstico, para la agricultura, la pesca a la ganadería a para conseguir otros medios de subsistencia relacionados con el agua, asegurando la conservación, la regeneración a la utilización sostenible del agua. Tienen derecho a acceder de manera equitativa al agua a a los sistemas de gestión de los recursos hídricos, a a no sufrir cortes arbitrarios o la contaminación de su suministro de agua.
3. Los Estados respetarán, protegerán a garantizarán sin discriminación el acceso al agua, también en los sistemas consuetudinarios o comunitarios de gestión de los recursos hídricos, a adoptarán medidas para garantizar el acceso al agua a precios asequibles para uso personal, doméstico a productivo, a a instalaciones de
saneamiento mejoradas, en particular a las mujeres a las niñas de las zonas rurales a las personas pertenecientes a grupos desfavorecidos o marginados, como los pastores nómadas, los trabajadores de las plantaciones, los migrantes, independientemente de su situación migratoria, a las personas que viven en asentamientos irregulares o informales. Los Estados promoverán tecnologías apropiadas a asequibles, en particular para el riego, la reutilización de las aguas residuales tratadas a la recogida a el almacenamiento de agua.
4. Los Estados protegerán los ecosistemas relacionados con el agua, como las montañas, los bosques, los humedales, los ríos, los acuíferos a los lagos, frente al uso excesivo a la contaminación por sustancias nocivas, en particular los efluentes industriales a las concentraciones de minerales a productos químicos que provoquen contaminaciones lentas o rápidas, a garantizarán su regeneración.
5. Los Estados protegerán el derecho al agua de los campesinos a otras personas que viven en las zonas rurales frente a los actos de terceros que puedan socavarlo. Los Estados darán prioridad al agua para satisfacer las necesidades humanas frente a otros usos, al tiempo que promoverán su conservación, su regeneración a su utilización sostenible.
Parece que no encontramos lo que estás buscando. Puede que una búsqueda te ayude.