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La pesca y el derecho a la alimentación en el contexto del cambio climático


Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, Michael Fakhri

Durante la 55ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, en marzo de 2024, el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, el Sr. Michael Fakhri, presentó su informe anual.
Este año, el Relator ha destacado los retos a los que se enfrentan las comunidades pescadoras artesanales en el contexto de la crisis climática. En el informe se recomienda a los gobiernos a tomar medidas urgentes para proteger los derechos de estas comunidades, de todxs lxs trabajadorxs de la pesca y los pueblos indígenas, preservando al mismo tiempo la biodiversidad de los ecosistemas acuáticos, frente a un sistema dominante que promueve la pesca industrial a gran escala.

Constatación: las poblaciones afectadas y marginadas en el centro de la soberanía alimentaria

El informe anual del Relator Especial se centra en las personas cuyos medios de vida y suministro de alimentos están vinculados a los océanos y ríos: pescadorxs artesanales, trabajadorxs de la pesca y pueblos indígenas. Al considerar el derecho a la alimentación de estas poblaciones, comienza esbozando su situación actual. Según el Relator, estas personas se enfrentan a dos crisis actuales: la sobrepesca y el cambio climático, al tiempo que siguen haciendo frente a las consecuencias de la pandemia del Covid-19, que ha tenido un gran impacto sobre ellos (§2-6).

El Relator Especial también desea destacar los problemas comunes y específicos de las poblaciones tratadas en el informe. Estas comparten un papel predominante en la alimentación de sus respectivas comunidades y en su vida económica. También son las primeras afectadas por los efectos del cambio climático, en particular la degradación de los ecosistemas marinos y los fenómenos meteorológicos extremos (huracanes, olas de calor), al tiempo que desempeñan un papel importante en la preservación del medio ambiente y la prevención de los efectos de las crisis climáticas (§7). Por último, estas comunidades están marginadas políticamente y sus voces rara vez se escuchan o se tienen en cuenta cuando se toman decisiones que les afectan (§8).

En cuanto a lxs pescadorxs artesanales, el Relator Especial destaca las Directrices voluntarias para garantizar la sostenibilidad de la pesca artesanal en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza. Para el Relator, son « una herramienta necesaria en la lucha contra la marginación política y la exclusión de larga data de las comunidades que viven de la pesca artesanal « (§19) .

Para el Relator Especial, la libre determinación está en el centro de la relación entre los pueblos indígenas y su entorno costero y marino (§22). Señala que los pueblos indígenas que pescan consumen 15 veces más productos pesqueros que el resto de la población, lo que les hace especialmente dependientes desde el punto de vista nutricional (§21).

El Relator Especial subraya también la cuestión de género en el sector pesquero y, en particular, la división extremadamente sexista del trabajo en este sector: los hombres en la captura o la producción y las mujeres en la transformación y la venta. Señala que la inmensa mayoría de las mujeres trabajan en el sector informal y, por lo tanto, son extremadamente vulnerables (§26-27).

El ponente dedica varios párrafos a la situación de las trabajadoras de la pesca, subrayando en particular la peligrosidad de este sector. A lo largo de toda la cadena de producción, las trabajadoras están expuestas a peligros a veces mortales (§32). El Relator también se muestra preocupado por las condiciones salariales, ya que las trabajadoras tienen muy poca seguridad en el empleo y rara vez reciben un salario decente (§33-34). Del mismo modo, señala la práctica ausencia de protección social ampliada en este sector (§39). También recuerda la prevalencia del trabajo infantil en el sector y su peligrosidad desde todos los puntos de vista (§36-37). Por último, señala la escasa organización colectiva, asociativa y sindical, tanto por la informalidad del sector como por el bloqueo de la patronal (§35).

Una respuesta política a las crisis

En este contexto, el Relator subraya que la sobrepesca y la explotación industrial de los recursos marinos han alcanzado niveles críticos. Entre 1974 y 2017, la proporción de poblaciones explotadas a niveles biológicamente insostenibles pasó del 10% al 34,2%. Las crisis climáticas agravan estos problemas al alterar los ecosistemas marinos y desplazar a las poblaciones de peces (§41). En México, por ejemplo, el aumento de la temperatura del agua en varias regiones está provocando fenómenos meteorológicos extremos (§45). El informe señala también que « algunas poblaciones de especies vegetales ya han desaparecido localmente, y las previsiones muestran una tendencia al aumento de las tasas de extinción, sobre todo en las regiones más cálidas ». Al mismo tiempo, la explotación de petróleo y gas en alta mar agrava la situación al contaminar los océanos y obstaculizar los medios de subsistencia de los pescadores artesanales, como ocurre en Guyana, donde estas plataformas bloquean los caladeros tradicionales (§42-44).

Sin embargo, las iniciativas locales y un enfoque holístico de adaptación al cambio climático ofrecen destellos de esperanza. Por ejemplo, en Sudáfrica, la solidaridad entre comunidades pescadoras artesanales, reforzada por sentencias judiciales favorables, que reconocen en particular las consecuencias de las perforaciones de petróleo y gas sobre los derechos de lxs pescadorxs artesanales, muestra el potencial de resiliencia de las comunidades costeras (§46).

Para garantizar un futuro sostenible, el Relator considera que « la adaptación requiere un conjunto de decisiones tanto políticas, sociales y culturales como económicas y ecológicas » (§47), con políticas integradoras y un uso juicioso de los conocimientos tradicionales e indígenas.

Derecho internacional

Para arrojar luz sobre la situación de estas poblaciones, el Relator examina el marco jurídico internacional. Su visión de éste es muy crítica, pues afirma que los convenios internacionales han favorecido a menudo la explotación intensiva de los recursos marinos sin tener en cuenta las necesidades de las comunidades costeras y los pueblos indígenas. Por ejemplo, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, aunque pretende conciliar la extracción con la restauración de las poblaciones de peces y la biodiversidad, considera los océanos ante todo como recursos naturales que deben ser explotados y gestionados por los Estados de forma que se permita la extracción del máximo posible de recursos (§52). El Relator subraya que las políticas de subvenciones a la pesca, a menudo equivocadas, han contribuido al exceso de capacidad de las flotas pesqueras y a la sobrepesca, poniendo en peligro la sostenibilidad de las poblaciones (§71-72).

Mercantilización y financiarización de los océanos y la vida acuática

Además de los retos de la sobrepesca y las crisis climáticas, estas comunidades se enfrentan a la creciente mercantilización y financiarización de los océanos. Según el ponente, tres sistemas económicos plantean problemas importantes: la economía azul, las finanzas azules y la transformación azul. Estos enfoques, que se centran en el crecimiento económico, a menudo dejan de lado los derechos humanos, la seguridad alimentaria y las necesidades de las comunidades pescadoraes artesanales.

Las finanzas azules son un sistema que convierte el océano en un activo financiero, acentuando así las desigualdades, comprometiendo una gobernanza transparente y creando riesgos de violación de los derechos humanos, en particular para los pueblos indígenas y las comunidades pescadoras artesanales. Uno de los instrumentos más comunes son los canjes de deuda por naturaleza. Según esta práctica, un país industrializado canjea la deuda de un país en desarrollo por la promesa de este último de dedicar la totalidad o parte de la suma adeudada a la protección del medio ambiente. Sin embargo, no hay beneficios financieros y ecológicos claros, los costes de transacción son elevados, falta transparencia y existe la posibilidad de que se desvíen a paraísos fiscales (§90). Los riesgos se agudizan con la adopción del Marco Global de Biodiversidad (Marco de Kunming-Montreal), en relación con el cual los pueblos indígenas subrayan el riesgo de desposesión de sus territorios mediante la creación de acuerdos coloniales de conservación, en particular mediante el establecimiento de zonas protegidas fuera del alcance de las actividades humanas (§90).

Del mismo modo, el Relator subraya que el sistema de economía azul promovido por el Banco Mundial, que se centra en el uso sostenible de los recursos marinos para promover el crecimiento económico, es un enfoque que no se aparta en absoluto del curso habitual de la economía capitalista (§76) y que a menudo descuida los derechos humanos, la seguridad alimentaria y los elementos sociales y económicos necesarios para que estas poblaciones puedan satisfacer sus necesidades, en particular al ignorar a lxs pescadorxs artesanales que participan en la gestión equitativa de los recursos marinos dentro de los sistemas comunitarios (§77-78).

El Relator destaca también el sistema de transformación azul de la FAO para equilibrar los intereses económicos con los derechos humanos mediante el desarrollo de sistemas alimentarios acuáticos sostenibles. La acuicultura se contempla como una solución al agotamiento de las poblaciones de peces y a la inseguridad alimentaria, pero el Relator señala que entraña riesgos como la propagación de enfermedades y la fuga de peces de piscifactoría que contaminan las poblaciones silvestres, afectando así a las poblaciones autóctonas, y sobre todo que « el hambre y la malnutrición no se deben a la falta de alimentos y, por lo tanto, no son un problema de producción » . (§82).

Conclusión y recomendaciones

Al mismo tiempo, en todo el informe se pone de manifiesto la gran importancia de la adopción en 2018 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales (UNDROP). El Relator no duda en utilizar la Declaración como base y apoyo de sus recomendaciones, como aquella en la que recuerda que « los Estados deben proteger los ecosistemas relacionados con el agua […], y esforzarse por restaurarlos, teniendo en cuenta los estrechos vínculos entre los pescadores y la naturaleza », repitiendo así los apartados 4 y 5 del artículo 21 de la Declaración. También hace hincapié en la UNDROP con respecto a la aplicación de las Directrices voluntarias, y en particular en el derecho a la participación de los pescadores y trabajadores de la pesca (§19). También se basa en la UNDROP para recordar el derecho de lxs trabajadorxs a la organización colectiva (§35), un derecho que se encuentra en su artículo 13§5. Más allá de estos ejemplos, cabe señalar que el Relator Especial cita la UNDROP cada vez que se trata uno de los derechos que contiene. Este uso sistemático demuestra que la UNDROP se ha integrado bien como base legítima para la reivindicación de los derechos y para los cambios necesarios para su aplicación.

Ante estos complejos retos, el Relator Especial propone una serie de vías a explorar para responder a estas cuestiones. En general, recomienda que los Estados reconozcan y apoyen a las comunidades pescadoras artesanales, los pueblos indígenas y lxs trabajadorxs de la pesca, garantizando su participación en los procesos de toma de decisiones (§94). Más concretamente, los Estados deben proteger los derechos consuetudinarios sobre la tierra y los derechos de los pueblos indígenas, así como el derecho de las mujeres pescadoras a un trabajo digno (§96). También deben preservar los ecosistemas acuáticos, teniendo en cuenta los conocimientos locales y apoyando a lxs pescadorxs artesanales en sus actividades (§97). Para garantizar la equidad en los mercados, los Estados deben introducir sistemas de protección social, mejorar el acceso a la financiación y a los mercados y reforzar la capacidad de negociación de los trabajadores de la pesca (§98). En conclusión, subraya la importancia estratégica de crear planes de acción nacionales para la pesca a pequeña escala con el fin de apoyar la aplicación de las Directrices voluntarias para la sostenibilidad de la pesca a pequeña escala, y de replantear el enfoque de la economía azul dando prioridad a los derechos humanos y a la sostenibilidad medioambiental (§101).

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