UNDROP como escudo para los pueblos pescadores
Crédito de la imagen de portada: Christel Grimaud
La adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales (UNDROP) en 2018 marcó un hito histórico para la justicia rural. Sin embargo, hasta la fecha, su desarrollo e implementación se han centrado en gran medida en el campesinado. Es fundamental recordar que los derechos consagrados en la UNDROP son plenamente aplicables a otros pueblos que viven y trabajan en territorios rurales y acuáticos, incluidos los pueblos pescadores. El artículo 1, párrafo 2 de la UNDROP es muy claro al respecto: “Esta Declaración se aplica a toda persona que se dedique a la agricultura artesanal o de pequeña escala, la siembra de cultivos, la cría de ganado, el pastoreo, la pesca, la silvicultura, la caza o la recolección, así como a la artesanía relacionada con la agricultura u otras ocupaciones conexas en una zona rural”.
En este sentido, resulta fundamental seguir abogando por la ampliación del alcance de la UNDROP, fortalecer su apropiación por parte de los pueblos pescadores y promover su visibilidad como sujetos plenos de derechos.
“Y primero era el agua…
Todavía la tierra no asomaba entre las olas,
todavía la tierra sólo era un fango blando y tembloroso…
No había flor de lunas ni racimos de islas…
En el vientre del agua joven se gestaban continentes…”
Dulce María Loynaz, fragmento de Creación
Interpretando la UNDROP desde los territorios acuáticos

Crédito de la foto: January Ndagala
Durante décadas, la lucha por los derechos territoriales se ha imaginado casi exclusivamente en términos de tierra. Sin embargo, al hablar de territorios en el contexto de la pesca en pequeña escala, es imprescindible destacar la interdependencia absoluta entre el agua y la tierra para los medios de vida, la soberanía alimentaria y la identidad cultural de estas comunidades. La costa y los cuerpos de agua continentales representan un entorno vital completo donde convergen la vida cotidiana, los medios de subsistencia y la cultura; donde termina la tierra, el territorio continúa en el agua.
Bajo este espíritu, una contribución fundamental que la pesca artesanal puede aportar a la interpretación de la UNDROP es el uso de conceptos paradigmáticos surgidos desde las ciencias sociales y los movimientos sociales en América Latina y el Caribe, como el Maritorio o Territorio de Vida. Este reconoce las áreas costeras y marinas de uso colectivo como espacios de soberanía alimentaria conformados por las personas que tradicionalmente los habitan; lugares entendidos como espacios espirituales e interculturales de “afecto con la naturaleza y la ancestralidad”, y no meramente como zonas de extracción.
A su vez, esta visión se expande hacia el concepto de Acuatorio, un término que permite comprender las “territorialidades anfibias” de las comunidades que habitan estos espacios. Esta perspectiva reconoce que la protección de la pesca artesanal requiere un enfoque que trate todos los ecosistemas acuáticos – ríos, lagunas, humedales – por igual, como territorios indivisibles de tierra y agua.
En consecuencia, el derecho a la tierra y a otros recursos naturales consagrado en el artículo 17 de la UNDROP debe interpretarse como un marco que abarca las complejas relaciones que las comunidades pesqueras mantienen con sus entornos acuáticos, reafirmando que el agua y la tierra constituyen dimensiones inseparables de este derecho.
Las amenazas: el “Acaparamiento de Océanos” y la Economía Azul

Crédito de la foto: Druvo Dash
Hoy en día, los territorios pesqueros enfrentan una embestida sin precedentes de amenazas a sus vidas y medios de subsistencia. Bajo el pretexto de desarrollo y sostenibilidad, proyectos de turismo de lujo, energía offshore, acuicultura y pesca industrial, y exploración minera en aguas profundas están destruyendo los ecosistemas marinos y acaparando zonas de pesca y puntos de desembarque. Esto se conoce como Ocean Grabbing (acaparamiento de los océanos) o Blue Grabbing (acaparamiento azul).
Incluso, algunos enfoques de conservación ambiental, cuando se aplican bajo el modelo de “fortaleza” – es decir, áreas protegidas cerradas que excluyen a los habitantes tradicionales – también se han convertido en una amenaza. La UNDROP, en diálogo con las Directrices Voluntarias para Lograr la Sostenibilidad de la Pesca en Pequeña Escala en el Contexto de la Seguridad Alimentaria y la Erradicación de la Pobreza (Directrices PPE), debe utilizarse para reivindicar el importante papel de los pueblos pescadores – que han habitado estos territorios durante siglos – como verdaderos guardianes de la biodiversidad y los ecosistemas. Como establecen estas Directrices, la conservación no debe llevarse a cabo a expensas de las comunidades, sino en colaboración con ellas. Por ello, la protección de sus derechos de tenencia y el reconocimiento de sus prácticas y conocimientos tradicionales es – en sí misma -, una estrategia de conservación.
La tríada defensiva: UNDROP, Directrices PPE y Tenencia
La fuerzade la UNDROP para los pueblos pescadores radica en su capacidad de dialogar con otros instrumentos internacionales. En este sentido, para que la protección sea efectiva, la Declaración debe leerse a la luz de las Directrices PPE y de las Directrices Voluntarias sobre la Gobernanza Responsable de la Tenencia de la Tierra, la Pesca y los Bosques en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional (DVGT).
Mientras que las Directrices PPE y las DVGT proporcionan la hoja de ruta técnica para una gobernanza responsable, la UNDROP eleva estas recomendaciones al rango de Derechos Humanos. Juntas, forman un marco jurídico que permite a los pueblos pescadores exigir y luchar por la redistribución de la tierra/agua, el acceso preferencial a zonas de pesca y recursos, y la gestión colectiva de sus territorios acuáticos – tanto costeros como continentales – así como la protección contra cualquier desplazamiento o desalojo arbitrario e ilegal. Además, este marco respalda la garantía del Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) y la realización de evaluaciones de impacto territorial frente a proyectos de “Economía Azul” a gran escala.
La UNDROP representa un instrumento precursor al reconocer el derecho al agua como un pilar esencial para la vida digna de los pueblos pescadores a pequeña escala y constituyendo la base misma de sus medios de subsistencia. Este derecho se entiende no sólo para el consumo humano, sino también para la producción de alimentos y, por extensión, para la pesca. Asimismo, al reconocer los sistemas de gestión comunitaria, este derecho refuerza la autonomía de las comunidades pesqueras en la gobernanza de sus territorios, donde el conocimiento tradicional desempeña un papel clave. Por último, la Declaración también establece disposiciones para que los Estados protejan a las comunidades frente a terceros, lo cual es crucial ante actividades extractivas o contaminantes que amenazan tanto el acceso a los territorios acuáticos como la integridad de los ecosistemas.
Las mujeres en el corazón de la pesca

Crédito de la foto: Din M. Shibly
Si la UNDROP ha de utilizarse como un escudo para los pueblos del mar, su protección debe ser particularmente sólida para las mujeres, que sostienen la vida y el tejido económico de sus comunidades, pero enfrentan una invisibilidad sistémica y jurídica. En la pesca artesanal, como en otros sectores rurales, la relación con el territorio está profundamente marcada por una dimensión de género: mientras los hombres suelen estar en el agua, el espacio productivo y vital de las mujeres es la orilla y la franja costera. Es allí donde procesan, secan y comercializan el pescado; en consecuencia, se ven desproporcionadamente afectadas por el acaparamiento de tierras y aguasy por el avance de la “economía azul”.
Este impacto diferenciado ha sido reconocido explícitamente por el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en su Recomendación General N.º 34, al señalar que las mujeres rurales – incluidas las pescadoras – no constituyen un grupo homogéneo y sufren formas interseccionales de discriminación. Esta perspectiva ha sido reforzada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (OC-27/21), que establece que las mujeres que dependen de los recursos naturales enfrentan una “vulnerabilidad agravada” cuando su entorno es destruido, ya que se rompe no sólo su fuente de ingresos, sino también su tejido de cuidados y vida comunitaria.
Por lo tanto, bajo una lógica de protección integral, la UNDROP no puede interpretarse de forma aislada, sino en diálogo permanente con la CEDAW y las Directrices PPE, y en particular su capítulo 8. Esta articulación normativa constituye la base para exigir que los Estados reconozcan plenamente el trabajo de las mujeres en la pesca, respeten sus conocimientos sobre el uso sostenible de los recursos y garanticen la seguridad de tenencia de las tierras adyacentes al agua. Esto es esencial para que las pescadoras dejen de ser invisibles y actúen como actoras, responsables en la toma de decisiones y beneficiarias de las mismas.
En este sentido, el artículo 4 de la UNDROP establece disposiciones para que los Estados adopten medidas para eliminar la discriminación contra las mujeres pescadoras y garantizar su participación plena y efectiva en todos los procesos de toma de decisiones. Asimismo, reconoce sus derechos a acceder a recursos productivos, servicios y protección social en igualdad de condiciones, abordando las desigualdades estructurales que enfrentan. De este modo, el artículo 4 no sólo complementa los estándares de la CEDAW, sino que también consolida un enfoque transformador que exige políticas públicas con perspectiva de género en la pesca artesanal.
Del reconocimiento a la realización: la UNDROP como instrumento vivo para la pesca en pequeña escala
Aunque el término “campesino” configura gran parte del lenguaje de la UNDROP, su alcance es inequívoco: las y los pescadores y trabajadores de la pesca en pequeña escala son titulares plenos de derechos bajo este instrumento. Como sostuvo recientemente el Colectivo Internacional de Apoyo a los Trabajadores de la Pesca ( ICSF por sus siglas en inglés) ante el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la UNDROP, el desafío ya no es de reconocimiento, sino de realización. Es momento de derribar definitivamente la “frontera invisible” que históricamente ha excluido al agua de los debates agrarios y garantizar que las comunidades pesqueras se apropien de la Declaración como su propio escudo.
Desde esta perspectiva, hacer que la UNDROP tenga sentido en la vida de las comunidades pesqueras requiere ir más allá de una lectura meramente declarativa de los derechos. La Declaración debe movilizarse junto con las Directrices PPE y DVGT, no solo como instrumentos complementarios, sino como parte de una arquitectura coherente para la gobernanza pesquera basada en derechos. En este marco, los derechos humanos dejan de ser garantías abstractas y se convierten en herramientas de acción, arraigadas en las experiencias vividas, los sistemas de conocimiento y la organización colectiva de las comunidades.
En última instancia, transformar la UNDROP en una herramienta operativa es tanto un proceso político como colectivo. Depende del fortalecimiento de las capacidades de las organizaciones de pesca en pequeña escala, de su participación activa en los espacios de toma de decisiones y del refuerzo de las alianzas estratégicas que sostienen sus luchas. La experiencia histórica demuestra que el cambio duradero surge de esta interacción entre la resistencia comunitaria y una presencia técnica y política sostenida en los espacios de gobernanza global.
La UNDROP puede servir como una brújula vital, pero solo si es timoneada activamente por las propias comunidades que busca proteger. La tarea que queda por delante es asegurar que los pueblos pesqueros no solo se vean reflejados en esta Declaración, sino que la utilicen como una herramienta para proteger el futuro de sus territorios, sus medios de vida y sus derechos.
Candelaria Aráoz Falcón – Colectivo Internacional de Apoyo a los Trabajadores de la Pesca (ICSF)
